Ventanilla única Social

AUGE/GES

Garantiza la cobertura y el acceso al tratamiento de múltiples problemas de salud a bajo costo.

El precio del AUGE-GES va a depender del sistema de salud al que pertenece el paciente. Una persona afiliada a FONASA no debe pagar por el precio del GES, a diferencia de una persona afiliada a una Isapre, ya que esta última debe pagar por cada beneficiario un monto mensual en pesos o Unidades de Fomento, U.F. determinado por su Isapre.

Sí, un afiliado de isapre puede atenderse por a través del AUGE - GES aunque inicialmente no haya solicitado dicho beneficio, independiente de la etapa de la enfermedad en que se encuentre el paciente.

Todas aquellas personas beneficiarias de una isapre que decidan renunciar a los beneficios del AUGE-GES, sólo se les otorgará la cobertura establecida en el Plan de Salud Complementario contratado. Sólo puede ser recomendable renunciar a dicho beneficio cuando la cobertura de dicho plan es más favorable o beneficioso que las de las garantías AUGE-GES.

No, las Isapres no cubren a través de la CAEC las prestaciones derivadas de problemas de salud que reúnan las condiciones exigidas para ser cubiertas por AUGE o GES. Las prestaciones derivadas de problemas de salud que no están contempladas en el listado específico de Prestaciones del AUGE, pero sí en las Guías Clínicas del Ministerio de Salud, pueden ser bonificadas por las Isapres con la cobertura adicional GES-CAEC siempre que cuenten con la cobertura del plan de salud complementario. En caso que la prestación no esté considerada en las Guías Clínicas, se cubre con el plan de salud complementario.

Si un Prestador de la Red AUGE-GES no cumple con el plazo señalado para la Garantía de Oportunidad de un problema de salud GES que se ha diagnosticado, el paciente o un tercero que lo represente deberá reclamar al Fonasa o Isapre según corresponda, dentro de los 30 (treinta) días de vencido el plazo correspondiente. La Institución de Salud tiene un plazo de 2 (dos) días para designar un Segundo Prestador. Este nuevo prestador tendrá un plazo de 10 (diez) días corridos para atenderlo, salvo que el plazo garantizado para resolver el problema de salud del paciente sea menor. En el caso de que el Fonasa o la Isapre no designen un Segundo Prestador o éste no cumpliera debidamente con la atención, el paciente o su representante deberá reclamar de inmediato ante la Superintendencia de Salud, solicitando un Tercer Prestador, que será designado dentro de los 2 (dos) días siguientes a la presentación de su reclamo en esta Superintendencia de Salud.

Sí, un paciente o su representante pueden solicitar directamente a su Aseguradora (Fonasa o isapre), la designación de un nuevo prestador de la Red AUGE - GES, no obstante, la Aseguradora no está obligada a acceder a su requerimiento.

En el caso de un beneficiario de Fonasa, las prestaciones serán bonificadas por la Modalidad Libre Elección. Si se trata de un afiliado de isapre, las prestaciones serán bonificadas de acuerdo a las condiciones de cobertura del Plan de Salud Complementario.

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