Subvención al pago oportuno del dividendo
Descuento de un 10%, 15% o 20% del dividendo si pagas tu cuota al día.
La subvención se otorgará en diferentes tramos, dependiendo del monto del crédito hipotecario:
- Un 20% del valor de cada dividendo para los deudores cuyo crédito hipotecario sea de hasta 500 Unidades de Fomento.
- Un 15% del valor de cada dividendo para los deudores cuyo crédito hipotecario sea superior a 500 y hasta 900 Unidades de Fomento.
- Un 10% del valor de cada dividendo para los deudores cuyo crédito hipotecario sea superior a 900 y hasta 1.200 Unidades de Fomento.
Si la persona ha repactado la deuda y el monto de crédito ha variado, de todas formas puede optar al beneficio, siempre que su monto de crédito original corresponda a las cifras ya establecidas (entre 500 y 1200 UF).
1) Se aplicará de manera automática hasta el último dividendo del crédito hipotecario.
2) En caso que la persona se atrase en el pago de su deuda, aunque sea un día, no tendrá la rebaja. Si al mes siguiente, lo hace en la fecha correspondiente y queda al día, volverá a tener el descuento.
3) Si la entidad financiera aún no ha hecho la gestión para la rebaja, en el momento de activarse el beneficio, éste será retroactivo a contar de marzo del 2015.
En el caso de que no estes de acuerdo con la clasificación obtenida, puedes apelar en las oficinas OIRS de los SERVIU regionales, o a través del sitio Contáctenos del Minvu, adjuntando los antecedentes del caso.
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