Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Administradora de Fondos de Cesantía (AFC)
Fechas de postulación
Inicio: 01/01/2025 - Cierre: 31/12/2025
Postulación abierta
Última actualización 15/05/2025
Descripción
Es una protección económica complementaria al Seguro de Cesantía, que se entrega a las y los trabajadores que cumplen con los requisitos y cuyo saldo es insuficiente para financiar las prestaciones mínimas que la ley establece.
Este complemento es con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, un fondo generado a partir de los aportes del empleador/a y del Estado. Si el trabajador o trabajadora queda cesante puede optar a cobrarlo, cuando el dinero acumulado en su cuenta individual es insuficiente y cuando el trabajador o trabajadora hace la solicitud.
El trámite no tiene costos asociados
Una persona puede recibir hasta 10 pagos en 5 años
Puedes acceder cuando tu saldo sea insuficiente
Si cumples con los requisitos por leyDeberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar que estás cesante con un documento válido, como el finiquito.
- Registrar en tu Cuenta Individual del Seguro de Cesantía un saldo insuficiente para cubrir los pagos que te corresponderían de acuerdo con tus ingresos.
- Contar con diez cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario, dentro de los 24 meses anteriores al despido. Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo/a empleador/a.
- Inscribirte en el sitio web de la Bolsa Nacional de Empleo en un plazo máximo de 96 horas, después de haber solicitado el beneficio.
- Debes haber sido despedido/a por las siguientes causas de término de contrato:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (causal 159-4).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (causal 159-5).
- Caso fortuito o fuerza mayor (causal 159-6).
- Necesidad de la empresa (causal 161).
- Quiebra del empleador/a (causal 163 bis).
¿Qué beneficios entrega el Fondo de Cesantía Solidario?
- Beneficios económicos: El aporte económico complementario del Fondo de Cesantía Solidario lo recibirás a los 30 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral con tu empleador/a, o dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de cobro del Seguro de Cesantía (Cuenta Individual). Luego de cumplido este período, los pagos se realizan los 13 y 30 de cada mes.
- Beneficios sociales y de salud: Como beneficiario/a del Fondo de Cesantía Solidario, podrás mantener el seguro de salud a través de Fonasa y el beneficio de Asignación Familiar (tramos A y B de Fonasa). También tendrás acceso a cursos de capacitación gratuitos y apoyo para encontrar empleo a través de la Bolsa Nacional de Empleo.
- Beneficios previsionales: Mientras te encuentres cesantes se mantendrá tu cotización previsional. De esta forma, aunque estés sin trabajo, podrás seguir aportando a tu pensión.
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