Ventanilla única Social

Regularización de título de dominio de una propiedad particular

business Subsecretaría de Bienes Nacionales
Trámite abierto
history Última actualización 20/08/2026

Descripción

Es un trámite que permite regularizar la situación del poseedor/a material de un bien raíz, sitio o terreno, reconociéndole la calidad de poseedor/a regular y así adquirir el dominio del inmueble.

Este procedimiento se aplica cuando la regularización resulta difícil o costosa de obtener por otras leyes. Se busca también resolver situaciones históricas de posesión irregular de terrenos particulares, permitiendo a las personas tener un Título de Dominio. A través de este proceso, el poseedor material de un bien raíz que carece de Título, puede llegar a adquirir el dominio de esa propiedad. Con esto, se podrá optar a subsidios, programas de mejoramiento, créditos, vender, construir y arrendar.

Es un trámite que permite regularizar la situación del poseedor/a material de un bien raíz, sitio o terreno, reconociéndole la calidad de poseedor/a regular y así adquirir el dominio del inmueble.

Este procedimiento se aplica cuando la regularización resulta difícil o costosa de obtener por otras leyes. Se busca también resolver situaciones históricas de posesión irregular de terrenos particulares, permitiendo a las personas tener un Título de Dominio. A través de este proceso, el poseedor material de un bien raíz que carece de Título, puede llegar a adquirir el dominio de esa propiedad. Con esto, se podrá optar a subsidios, programas de mejoramiento, créditos, vender, construir y arrendar.

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El proceso tiene costos asociados

Dependiendo de tu clasificación en el RSH

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Puedes solicitarla durante todo el año

Para solicitar la regularización de un bien raíz, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener posesión material, continua y exclusiva de un inmueble, por un tiempo no inferior a cinco años, y sin problemas de deslindes.
  • No tener juicio pendiente con personas que te discutan el dominio o posesión del inmueble.
  • Acreditar, mediante declaración jurada, que no existe juicio pendiente en tu contra o sentencia condenatoria respecto al delito de usurpación.
  • El inmueble a regularizar no debe tener un avalúo superior a 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
  • El bien raíz debe tener límites claros, de cualquier clase, sean naturales o de otra índole, los cuales deben ser aceptados por las y los vecinos.
  • Haber ejecutado arreglos o mejoras en el terreno, instalación de servicios, corte de maderas, plantaciones, sementeras, y otros de igual importancia.
  • No tener un título de dominio inscrito o tener uno imperfecto (compraventa informal, cesión de derechos, promesa de venta no cumplida, herencia con antecedentes remotos, donación verbal, compra de acciones o derechos).

Si regularizas tu situación y cuentas con tu Título de Dominio, podrás postular y/o acceder a beneficios sociales entregados por el Estado como:

  • Pavimentación de calles.
  • Casetas sanitarias.
  • Subsidios habitacionales, de agua potable y alcantarillado.
  • Subsidio construcción de vivienda en terreno propio.
  • Subsidio reparación de vivienda.
  • Subsidio aislamiento térmico.
  • Créditos INDAP.
  • Financiamiento proyectos SERCOTEC.
  • Poder solicitar créditos hipotecarios en bancos e instituciones financieras.
  • Incremento del valor comercial de la vivienda al tener el dominio inscrito.
  • Posibilidad de arrendar, vender ajustado a derecho (Seguridad Jurídica), heredar, transferir, ceder, etc.

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Si estás dentro del 40% más vulnerable, podrás optar a la gratuidad del trámite. Si estás por sobre el 60%, deberás pagar la totalidad del monto.

El valor de la solicitud incluye la totalidad de las gestiones jurídicas, técnicas, publicaciones en diarios de circulación regional e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.


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