Subsidio Clase Media para Construcción de Viviendas (DS1)
Descripción
Es un aporte económico destinado a familias de sectores medios para la construcción de una vivienda de hasta 140 m2 en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda (densificación predial).
Este aporte monetario está destinado a familias que cuenten con un sitio propio y no son dueñas de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y son capaces de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o, en caso de ser necesario, con un crédito hipotecario.
Cada proyecto habitacional debe contar con, al menos, tres recintos (un baño, estar-comedor-cocina y un dormitorio).
Para postular se debe contar con un ahorro mínimo
El programa está presente en todo el país
Tiene cupos limitados
Hasta el 90%
Tramo de Calificación Socioeconómica
18
Años cumplidos y contar con cédula de identidad vigente
Los requisitos para postular a este subsidio son los siguientes:
- Tener 18 años cumplidos y contar con cédula nacional de identidad vigente.
- Las personas extranjeras deben presentar, además, cédula de identidad para extranjeros/as con permanencia definitiva y certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de un año.
- Acreditar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda, antes del último día del mes anterior a la postulación. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta.
- Pertenecer al Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que desea postular.
- Las y los adultos mayores podrán pertenecer hasta el tramo del 90% según Registro Social de Hogares, independiente del Título y tramo al que postulen.
- Debes acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:
- Inscripción del sitio a nombre de la persona que postula, cónyuge o conviviente civil.
- Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.
- Certificado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) en caso de tierras indígenas.
- Usufructo o derecho real de uso del terreno a favor de la persona que postula.
- Derechos en comunidades agrícolas.
- Sitio a nombre de una cooperativa de la cual la persona que postula es socio/a.
- Cesión de derechos inscrita del terreno a favor de la persona que postula (Ley 19.253 de octubre de 1993).
- Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
- Contar con los Certificados de Informaciones Previas y Factibilidad de Dación de Servicios.
- En caso de postular colectivamente el grupo debe:
- Tener un mínimo de dos integrantes.
- Postular a través de una Entidad Patrocinante.
- En caso de densificación predial (construcción de una vivienda en un terreno donde ya existe otra):
- Autorización notarial de la propietaria o el propietario del sitio para la construcción de la vivienda, en que conste el compromiso de entregar en usufructo por, a lo menos 15 años, a la persona que postula, cónyuge o conviviente civil.
- Inscripción de dominio en favor de la propiestaria o el propietario del sitio.
- Plano del loteo en el que se identifique el sitio y la porción de terreno donde se construirá la vivienda.
- Telefono movil: 600 901 11 11
- Telefono fijo: 2 2 901 11 11
Horarios de atención: Lunes a jueves, de 8:30 a 16:00 horas, Viernes de 08:30 a 14:00 horas
Revisa los montos y el valor de las viviendas consideradas en cada tramo:
Tramo | Requisitos | Ahorro mínimo | Monto del beneficio |
Tramo II | Para hogares del 80% más vulnerable del RSH. | 30 UF () | 600 UF para viviendas de hasta 1.600 UF ubicadas en las regiones de Coquimbo hasta Los Lagos. |
700 UF para viviendas de hasta 1.600 UF ubicadas en las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama y provincia de Chiloé. | |||
750 UF para viviendas de hasta 1.600 UF ubicadas en las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena, provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. | |||
Tramo III | Para hogares inscritos en el RSH que no sobrepasen el ingreso mensual familiar definido por el MINVU. | 50 UF () | 400 UF para viviendas de hasta 2.200 UF ubicadas en las regiones de Coquimbo hasta Los Lagos. |
500 UF para viviendas de hasta 2.200 UF ubicadas en las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama y provincia de Chiloé. | |||
550 UF para viviendas de hasta 2.200 UF ubicadas en las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena, provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. |
Más información
Consulta más información del Tramo II.
Consulta más información del Tramo III aquí.
¿Qué puedo hacer si, a pesar de cumplir los requisitos, no puedo acceder al beneficio?
Una vez que se publica la selección del llamado, en el sitio web tendrás acceso a una cartola con el detalle del puntaje obtenido.
En caso de existir un error por parte del organismo encargado de hacer la selección, tendrás un plazo de diez días corridos a partir de la publicación de los resultados para presentar tu apelación.
Si no cuentas con tu ClaveÚnica, puedes conocer cómo obtenerla.
Escoge la región y comuna para ver las direcciones de las oficinas Serviu.
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