Ventanilla única Social

Beneficio por Años Cotizados

business Instituto de Previsión Social / ChileAtiende
history Última actualización 23/03/2026

Descripción

El Beneficio por Años Cotizados es un aporte mensual expresado en Unidades de Fomento (UF) para personas de 65 años o más que reciben una pensión de vejez o de invalidez en AFP o compañía de seguros y cumplan con los requisitos.

Este beneficio entrega 0,1 UF () por cada 12 meses cotizados. El monto puede aumentar hasta un máximo de 2,5 UF (), lo que corresponde a 25 años de cotizaciones.

El Beneficio por Años Cotizados es un aporte mensual expresado en Unidades de Fomento (UF) para personas de 65 años o más que reciben una pensión de vejez o de invalidez en AFP o compañía de seguros y cumplan con los requisitos.

Este beneficio entrega 0,1 UF () por cada 12 meses cotizados. El monto puede aumentar hasta un máximo de 2,5 UF (), lo que corresponde a 25 años de cotizaciones.

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No necesitas postular, se entrega automaticamente

Si ya no tienes fondos en su cuenta de AFP, recibirás este aporte mensual igualmente

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Puedes consultar en cualquier momento del año

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Ser mayor de 65 años

Parar acceder al beneficio, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener más de 65 años.
  • Si eres hombre, debes tener al menos 20 años (240 meses) cotizados en AFP.
  • Si eres mujer, debes tener al menos 10 años (120 meses) cotizados en AFP.
    • Este requisito (para mujeres) irá aumentando. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 11 años. Luego irá aumentando en un año de cotizaciones cada 2 años transcurridos, hasta llegar a los 15 años de cotización en 2036.

  • El beneficio se comenzará a pagar en enero de 2026 a todas las personas que, desde el 30 de noviembre de 2025, estén pensionadas y tengan 65 años o más.
  • Si te pensionaste en diciembre de 2025 o después de esa fecha, el beneficio se te entregará desde que recibas tu primera pensión y será retroactivo.

El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento. Además, el pago puede:

  • Interrumpirse si permaneces fuera del país por más de 180 días, continuos o no, dentro de un mismo año calendario (enero a diciembre).
  • Suspenderse si no realizas el cobro del beneficio durante 6 meses consecutivos.

Si el monto total de tu pensión (incluyendo esta compensación y otros beneficios) alcanza o supera la pensión mínima garantizada, dejarás de recibir la Garantía Estatal.

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Importante: el Instituto de Previsión Social (IPS) revisa todos los meses que sigas cumpliendo los requisitos, por lo que el monto, el pago o la concesión pueden variar de un mes a otro.


Beneficio por Años Cotizados

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