Beneficio por Años Cotizados
Descripción
El Beneficio por Años Cotizados es un aporte mensual expresado en Unidades de Fomento (UF) para personas de 65 años o más que reciben una pensión de vejez o de invalidez en AFP o compañía de seguros y cumplan con los requisitos.
Este beneficio entrega 0,1 UF () por cada 12 meses cotizados. El monto puede aumentar hasta un máximo de 2,5 UF (), lo que corresponde a 25 años de cotizaciones.
El Beneficio por Años Cotizados es un aporte mensual expresado en Unidades de Fomento (UF) para personas de 65 años o más que reciben una pensión de vejez o de invalidez en AFP o compañía de seguros y cumplan con los requisitos.
Este beneficio entrega 0,1 UF () por cada 12 meses cotizados. El monto puede aumentar hasta un máximo de 2,5 UF (), lo que corresponde a 25 años de cotizaciones.
No necesitas postular, se entrega automaticamente
Si ya no tienes fondos en su cuenta de AFP, recibirás este aporte mensual igualmente
Puedes consultar en cualquier momento del año
Ser mayor de 65 años
Parar acceder al beneficio, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener más de 65 años.
- Si eres hombre, debes tener al menos 20 años (240 meses) cotizados en AFP.
- Si eres mujer, debes tener al menos 10 años (120 meses) cotizados en AFP.
- Este requisito (para mujeres) irá aumentando. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 11 años. Luego irá aumentando en un año de cotizaciones cada 2 años transcurridos, hasta llegar a los 15 años de cotización en 2036.
- El beneficio se comenzará a pagar en enero de 2026 a todas las personas que, desde el 30 de noviembre de 2025, estén pensionadas y tengan 65 años o más.
- Si te pensionaste en diciembre de 2025 o después de esa fecha, el beneficio se te entregará desde que recibas tu primera pensión y será retroactivo.
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento. Además, el pago puede:
- Interrumpirse si permaneces fuera del país por más de 180 días, continuos o no, dentro de un mismo año calendario (enero a diciembre).
- Suspenderse si no realizas el cobro del beneficio durante 6 meses consecutivos.
Si el monto total de tu pensión (incluyendo esta compensación y otros beneficios) alcanza o supera la pensión mínima garantizada, dejarás de recibir la Garantía Estatal.
Importante: el Instituto de Previsión Social (IPS) revisa todos los meses que sigas cumpliendo los requisitos, por lo que el monto, el pago o la concesión pueden variar de un mes a otro.
Contacto
Teléfono de contacto
101