Ventanilla única Social

Asignación Maternal

business Instituto de Previsión Social (IPS)
history Última actualización 09/07/2025

Descripción

Es un aporte económico que se entrega a las trabajadoras embarazadas y a los trabajadores cuyas cónyuges embarazadas sean cargas de Asignación Familiar.

Es un aporte económico que se entrega a las trabajadoras embarazadas y a los trabajadores cuyas cónyuges embarazadas sean cargas de Asignación Familiar.

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Solicitar la Asignación Maternal es gratuito
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El beneficio se entrega mensualmente
groups
Este beneficio no esta asociado a cupos

Para acceder al beneficio deberás cumplir con uno de estos requisitos: 

  • Estar embarazada y ser trabajadora dependiente o independiente, afiliada a un régimen de previsión.
  • Ser un trabajador dependiente o independiente, y que su cónyuge embarazada sea causante de Asignación Familiar.

El beneficio puede ser solicitado solamente a partir del quinto mes de embarazo, pero una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, éste se paga retroactivamente (paga los meses anteriores) y los meses que quedan para completar el período de gestación.

El monto se entrega de acuerdo a los siguientes rangos de ingreso:

SueldoMonto ($)
Desde 0 y Hasta $598.698$21.243
Desde $598.698 y Hasta $874.460$13.036
Desde $874.460 y Hasta $1.363.858 $4.119
Desde $1.363.858$0

Si eres trabajadora:

  • Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros/as residentes en Chile.
  • Si el trámite es realizado por un/a apoderado/a es necesario contar con un Poder Notarial Simple.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Este debe ser emitido por el Servicio de Salud Público o por un facultativo privado (médico/a o matrón/a), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Si eres carga de un trabajador:

  • Autorización de carga familiar del trabajador.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Público o por un facultativo privado (médico/a o matrón/a), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

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