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Asesoría Económica de Insolvencia (AEI)

business Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
Fechas de postulación
event_note Inicio: 01/01/2025 - Cierre: 31/12/2025
Postulación abierta
history Última actualización 05/05/2025

Descripción

La Asesoría Económica de Insolvencia es un mecanismo que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño y establece la reorganización o cierre de micro y pequeñas empresas en crisis. Consiste en que un/a profesional calificado/a, denominado/a "asesor económico de insolvencia" realiza un estudio detallado sobre la situación económica y financiera de tu empresa con el propósito de identificar las causas de la crisis que atraviesa.

 

Este/a profesional, además, realiza gestiones para mejorar las condiciones de tu empresa. Por ejemplo, mediante convenios para repactar créditos con acreedores. Este proceso genera un periodo de protección financiera que suspende, hasta por 90 días, el cumplimiento de cualquier tipo de pagos.

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Costo.
La remuneración de la Asesora o Asesor Económico de Insolvencia se fija de común acuerdo entre este y la PyME.
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Se puede solicitar en cualquier momento del año.
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Este beneficio no está asociado a cupos.

Para acceder necesitas cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • Ser una persona natural o jurídica, que esté imposibilitada de pagar una o más de sus obligaciones financieras y/o que estimes que dentro de tres meses siguientes pudieses encontrarte en un estado de insolvencia o una crisis financiera aguda.
  • Tributar en primera categoría (exceptuando los que se encuentren en el art. segundo de la Ley N.º 20.416.
  • Tener ventas iguales o inferiores a 25.000 UF durante los doce meses previos a la fecha de solicitud.

El periodo de protección financiera no cubre pagos como:
 

  • Remuneraciones y cotizaciones de seguridad social.
  • Procedimientos derivados del ejercicio de acciones constitucionales.
  • Procedimientos derivados de delitos cometidos por la o las personas que fueren el mismo empresario o empresaria, socios y socias o accionistas de la persona jurídica o sus representantes.
  • Procedimientos derivados del ejercicio de los derechos colectivos del trabajo o del incumplimiento de las normas de higiene y seguridad en materia laboral.
  • Procedimientos derivados de sus obligaciones de familia y cualquiera que implique una infracción normativa.

 

La finalidad es que tu empresa pueda ser reorganizada o cerrada de forma ordenada, si fuese necesario. Las propuestas y conclusiones de la asesora o asesor no son vinculantes u obligatorias de seguir, tanto para la persona beneficiaria  como para sus acreedores.

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Más información
Para más información puedes ver el video explicativo y las preguntas frecuentes para emprendedores en situación de crisis financiera en www.superir.gob.cl.

También puedes entrar al sitio web de Educación Financiera Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) para personas, emprendedores y Pymes sobreendeudadas en www.tenlaclara.cl.

Para ponerte en contacto con la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), puedes llamar al (56 2) 2495 2500 desde la Región Metropolitana. Para encontrar el número telefónico y correo electrónico de otras regiones del país visita el sitio web de la Superir.

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¿Cuál es el costo de este beneficio?
La remuneración de la asesora o asesor económico de insolvencia se fija de común acuerdo entre este y la PyME. Si no estás de acuerdo con el precio, puedes solicitar otro/a asesor/a de entre quienes se encuentran vigentes en el registro publicado en la página web www.superir.gob.cl. Sin embargo, quien te asesore siempre tratará de realizar un cobro que esté a tu alcance, tomando en consideración que estás atravesando una situación financiera compleja.


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