Ventanilla única Social

Subsidio al Empleo Joven (SEJ)

Aporte monetario para trabajadores jóvenes en situación de vulnerabilidad.

El Subsidio al Empleo Joven es anual y se paga una vez al año (Pago Anual) en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El 25% restante se paga en el pago anual, donde se realiza el proceso de reliquidación, es decir, el proceso de cálculo anual del beneficio.

- Es importante que consideres que de optar por los adelantos mensuales, puedes estar sujeto/a a tener que devolver dineros recibidos en exceso producto del cálculo anual del beneficio. -

Los montos de los pagos varían de un/a beneficiario/a a otro/a por distintas razones:

1) Por tener distintas modalidades de pago:
Por ejemplo, si el/la beneficiario/a tiene pago anual, se le cancela su beneficio una sola vez al año y no se le realizan descuentos de anticipos. En cambio, si el/la beneficiario/a tiene pagos mensuales, una vez al año estará sujeto/a a una reliquidación donde se le descuenta de su pago anual todos los anticipos recibidos en el año anterior.

2) Por el monto de las rentas anuales:
Recuerda que se considera como Renta Bruta Anual la suma de todas las rentas brutas obtenidas durante el año, incluyendo honorarios si los hubiera. La diferencia en las rentas te ubicará en distintos tramos, por lo que obtendrás distintos pagos (ver pregunta ¿cómo se calcula mi pago?).

- Otro factor que debe considerarse es el número de meses en que registre rentas declaradas, dado que el cálculo del beneficio sólo considerará los meses trabajados. -

No, no es lo mismo. La reliquidación es un proceso asociado a la modalidad de pago mensual donde son descontados los adelantos realizados mensualmente al monto anual, pudiendo resultar saldo a favor o en contra. La modalidad anual, en cambio, se cancela de una sola vez la totalidad del subsidio.

Cuando el medio de pago escogido es en efectivo, cuentas con un plazo de 90 días para realizar el cobro del Bono. Se recomienda optar por depósito que pago en efectivo. El depósito se realiza directamente en tu cuenta bancaria, evitando que por desinformación no cobres tu beneficio.

No, el Subsidio dura hasta que el usuario/a cumpla la edad límite de permanencia, que es de 24 años (y 11 meses), independiente del estado laboral. Sin embargo, el pago del subsidio se realiza siempre y cuando se cumpla los requisitos de pago del subsidio, entre los que se considera estar trabajado, entre otros.

1) No tener las cotizaciones previsionales pagadas.
2) No encontrarse trabajando, lo que implica no percibir rentas.
3) Tener una renta bruta que exceda el monto tope establecido.
4) Pertenecer a empresas estatales o que tengan aporte estatal superior al 50%.
5) No encontrarse dentro de los rangos de edad establecidos.
6) El periodo de vigencia del subsidio haya finalizado.

El empleador/a que te contrate recibe un aporte monetario mensual equivalente a un tercio del monto que recibes como beneficiario/a. Para percibir este beneficio, el/la empleador/a debe tener pagadas tus cotizaciones previsionales. En el caso de no contar con el pago dentro del plazo legal (12 días) perderá el pago correspondiente.

Para apelar debes presentar la siguiente documentación:

1) Documentación que acredite cotizaciones de pensión: Es decir, el Certificado emitido por tu AFP, que incluya el pago de la cotización y la remuneración imponible correspondiente a cada mes.
2) Documentación que acredite cotizaciones de salud: Que es el certificado que indica el pago de cotizaciones emitido por FONASA o ISAPRE.

En caso de tener licencia médica, debes presentar el certificado de INHABILITACIÓN LABORAL o DE LISTADO MAESTRO, emitido por la entidad que pagó la licencia.

El Proceso de Apelación se realiza de manera online a través de la página web subsidioempleojoven.cl, ingresando en la sección "Tu Cuenta", donde además podrás ir viendo el estado de la apelación, o de forma presencial en la Dirección Regional del SENCE que te corresponda.

El plazo de respuesta es de 90 a 120 días hábiles. Los resultados de la apelación llegarán al correo electrónico que ingresaste al momento de postular.

Esta situación se genera cuando la suma de pagos mensuales es superior al monto del subsidio anual y se puede dar por:

1) La información mensual difiere de información anual, ya que mensualmente se obtiene la renta como trabajador/a dependiente y, anualmente, a través del SII, se consolida con la información de renta como trabajador/a independiente.
2) Por tener un empleador/a Estatal durante el año anterior.

No, no debes ingresar los datos previsionales, ya que el sistema los registra de forma automática a través de las cotizaciones que paga su empleador mensualmente.

Dentro de los 3 meses anteriores al cumplimiento de los 25 años.

1) Extensión por hijos: La solicitud se realiza en forma automática.

2) Extensión por estudios: La solicitud se realiza en forma presencial en cualquier oficina regional del Sence, presentando el certificado de alumno regular que indique los semestres cursados y el año correspondiente a cada uno de ellos.

El cálculo de la extensión se realiza de la siguiente manera:

1) 1 semestre académico: 3 meses de plazo adicional
2) 2 semestres académicos: 6 meses de plazo adicional
3) 3 ó más semestres académicos sin título: 12 meses de plazo adicional
4) 4 ó más semestres académicos con título: 24 meses de plazo adicional

Si eres trabajador/a independiente solo podrás acceder a la modalidad de pago anual y además deberás acreditar rentas. Debes encontrarte al día en el pago de cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud del año calendario indicado.

Sí, para efectos del cálculo del subsidio son consideradas las rentas tanto dependiente como independiente.

Transcurrido el plazo de 90 días para cobrar el bono BancoEstado devuelve el pago a Sence. Para el pago de estos montos, Sence realiza proceso de pago llamado “Montos no cobrados”. No existe una fecha de exacta de pago, pero se anuncia con antelación a través de la página web.

No, si la relación laboral termina mientras estas recibiendo el subsidio, no necesitarás presentar una nueva postulación al iniciar una nueva relación laboral. El beneficio continúa mientras cumplas con los requisitos, independiente si hay cambio de empleador/a. Tampoco es necesario que realices una modificación de datos de postulación, dado que la información es verificada internamente sobre la base del pago de cotizaciones previsionales, mediante las cuales se puede confirmar información de empleador, trabajador/a y renta.

Son depósitos realizados en efectivo a través de BancoEstado que no han sido cobrados y que cumplieron el plazo para ser retirados. Para saber si cuenta con montos no cobrados, está habilitado un aplicativo de consulta en la página web del Sence y del Bono, donde se entrega información sobre este pago. Otra opción de información es consultar a través de los canales de Atención Ciudadana (Buzón ciudadano, Call center y Direcciones regionales).

La apelación al Subsidio al Empleo Joven es el proceso formal por el cual a través de documentación puedes acreditar al Sence problemas el en pago.

Se puede apelar en casos que se cuente con:

1) Documentación que acredite inconsistencia en el monto del pago anual o mensual de tu subsidio.
2) Documentación que acredite el no pago injustificado del subsidio anual o mensual.
3) Documentación que acredite que no se recibió pagos en exceso del beneficio.

1) Puede reintegrar lo pagado en exceso a través de un depósito o transferencia electrónica, en BANCOESTADO O SERVIESTADO, cuenta corriente N°9002642, a nombre del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, RUT N°61.531.000-K. Una vez efectuado el depósito o transferencia electrónica, se solicita enviar el comprobante de pago escaneado, al correo electrónico tesoreria@sence.cl, indicando nombre apellido y rut de la persona que recibió el pago en exceso.

2) También entregando el comprobante de pago en la Dirección Regional del SENCE correspondiente. Para ello la dirección regional deberá verificar que el comprobante de pago cuente nombre, apellido y rut de la persona que recibió el pago en exceso, escanear el documento y devolverlo a la persona, enviando el comprobante a tesoreria@sence.cl Indicando motivo de reintegro, nombre, apellido y rut de la persona que recibió el pago en exceso. Si cuentas con documentación que acredite que la solicitud es inconsistente, puede aportar mayores antecedentes y presentar un recurso a esta medida, ingresando a la página subsidioempleojoven.cl, o bien acercarse a cualquier Dirección Regional del SENCE.

Para realizar una modificación debes ingresar a subsidioemplejoven.cl y seguir los siguientes pasos:

1) Ingresa a ""Tu cuenta"", con su Rut y contraseña
2) Ingresa a la opción Modificar Datos
3) Ingresa el cambio de datos que solicita
4) El plazo para la resolución de su cambio de datos es de 90 días corridos

El subsidio al Empleo joven lo puedes extender de dos maneras, por:

1) Hijo nacido vivo entre los 18 y 25 años de edad, equivalente a 18 semanas (solo para mujeres) y se paga en forma anual.
2) Estudios superiores realizados entre los 18 y 25 años de edad, pudiendo extender el beneficio hasta los 27 años, dependiendo de los semestres cursados y se paga en forma anual.

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