Bono Bodas de Oro
Bono que se otorga a parejas con 50 años de matrimonio.
El monto de este beneficio es de cargo fiscal, por lo que no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, y no estará afecto a descuento alguno.
El beneficio se entrega una sola vez en partes iguales a cada cónyuge y debe ser solicitado por ambos. Una vez que el matrimonio cumple su aniversario 50, tienes plazo de un año para realizar el trámite.
Destacamos
Subsidio Familiar (SUF)
Aporte Familiar Permanente (Ex Bono Marzo)
Subsidio eléctrico
Bonos y subsidios
Apoyos monetarios que el Estado tiene disponible para las personas, familias y Pymes.
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