Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Fechas de postulación
Descripción
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un complemento económico al seguro de cesantía, que se entrega a las y los trabajadores cuyo saldo sea insuficiente para financiar las prestaciones mínimas que la ley establece.
Este complemento se obtiene a partir de un fondo solidario generado a partir de los aportes del empleador y del Estado. Si el trabajador o trabajadora queda cesante puede optar a cobrarlo, cuando el dinero acumulado en su cuenta individual es insuficiente y cuando el trabajador o trabajadora hace la solicitud.
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un complemento económico al seguro de cesantía, que se entrega a las y los trabajadores cuyo saldo sea insuficiente para financiar las prestaciones mínimas que la ley establece.
Este complemento se obtiene a partir de un fondo solidario generado a partir de los aportes del empleador y del Estado. Si el trabajador o trabajadora queda cesante puede optar a cobrarlo, cuando el dinero acumulado en su cuenta individual es insuficiente y cuando el trabajador o trabajadora hace la solicitud.
El trámite no tiene costos asociados
Una persona puede recibir hasta 10 pagos en 5 años
Puedes acceder cuando tu saldo sea insuficiente
Si cumples con los requisitos por ley
Debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar que estás cesante con un documento válido, como el finiquito.
- Tener afiliación al Seguro de Cesantía. Si no estás afiliado puedes hacerlo en el siguiente formulario.
- Registrar en tu cuenta individual del Seguro de Cesantía un saldo insuficiente para cubrir los pagos que te corresponderían de acuerdo con tus ingresos.
- Contar con diez cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario dentro de los 24 meses anteriores al despido. Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Haber sido despedido o despedida por una de las siguientes causas de término de contrato:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (causal 159-4).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (causal 159-5).
- Caso fortuito o fuerza mayor (causal 159-6).
- Necesidad de la empresa (causal 161).
- Quiebra del empleador/a (causal 163 bis).
- Inscribirte en el sitio web de la Bolsa Nacional de Empleo en un plazo máximo de 96 horas, después de haber solicitado el beneficio.
¿Qué beneficios entrega el Fondo de Cesantía Solidario?
- Beneficios económicos: El aporte económico complementario del Fondo de Cesantía Solidario lo recibirás a los 30 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral con tu empleador, o dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de cobro del Seguro de Cesantía (Cuenta Individual). Luego de cumplido este período, los pagos se realizan los 13 y 30 de cada mes.
- Beneficios sociales y de salud: Como persona beneficiaria del Fondo de Cesantía Solidario podrás mantener el seguro de salud a través de Fonasa y el beneficio de Asignación Familiar (tramos A y B de Fonasa). También tendrás acceso a cursos de capacitación gratuitos y apoyo para encontrar empleo a través de la Bolsa Nacional de Empleo.
- Beneficios previsionales: Mientras te encuentres cesantes se mantendrá tu cotización previsional. De esta forma, aunque estés sin trabajo, podrás seguir aportando a tu pensión.
Contacto
Si tienes dudas sobre este beneficio, puedes dirigirte a las preguntas frecuentes
Teléfono de contacto
Administradora de Fondos de Cesantía